¿Has pensado alguna vez en pasar de ser autónomo a constituir una Sociedad Limitada? ¿Tienes claro cuándo debes hacerlo y cuándo no debes hacerlo? ¿Sabes cuáles son las ventajas y desventajas de la S.L. con respecto al autónomo?
Si buscas la respuesta a alguna de estas preguntas, Ayuda-T Pymes comenta cuándo es el momento adecuado para convertirte en S.L. y por qué, llegado el momento, es mucho mejor constituir la S.L. y abandonar la figura del autónomo.
Qué es una Sociedad Limitada
En primer lugar, empecemos por lo básico: ¿qué es exactamente una Sociedad Limitada?
Es el tipo de sociedad mercantil más popular de España y destaca, entre otras cosas, por ser utilizada por todos los pequeños empresarios para limitar la responsabilidad de sus acciones empresariales. Solo se responde ante las deudas con el capital aportado y el patrimonio personal queda fuera, algo que no ocurre si eres autónomo o en otro tipo de sociedades.
Las características principales de una S.L. son las siguientes:
- Constitución: se deben firmar estatutos y una escritura pública ante notario y entregarlos en el Registro Mercantil con las aportaciones de cada socio y porcentajes de capital correspondientes. Es un gasto que asciende a unos 300-600 € dependiendo del notario.
- Socios: una SL está formada por un número de socios (o un solo socio) que gestionan la empresa, entre los cuales pueden existir diferentes responsabilidades (solidaria o limitada al capital aportado) y clases (trabajadores o capitalistas).
- Denominación Social: se debe registrar un nombre único en el Registro Mercantil Central con la abreviatura S.L. al final del mismo..
- Capital social: dinero o bienes invertidos en la empresa, que deben sumar un mínimo de 3.000 €. Pueden aportarse los 3.000 € en dinero o a través de diferentes bienes como un ordenador, un local o cualquier otro bien valorado por los socios. Ese capital se divide a través de participaciones de los socios con diferentes porcentajes.
- Domicilio Social: lugar en el que se encuentra la empresa en España.
- Objeto Social: actividad de la empresa o actividades, que suele ser lo más habitual. Se debe intentar añadir un número amplio de actividades para evitar tener que hacer gastos administrativos después para aumentar esta lista.
- Administración y gestión: la S.L. puede ser administrada por un administrador único, por administradores solidarios (todos actúan por cuenta propia y afectando a todos), mancomunados (actuación conjunta) o por un consejo de administración (3 o más administradores).
- Responsabilidad de la gestión: recae al 100% sobre los administradores. Los socios no tienen por qué ser responsables de gestionar la S.L., ya que puede que solo hayan aportado capital.
- Junta General: junta para toma de decisiones de la empresa, que se convoca con la frecuencia que se estime oportuna y al menos una vez cada 6 meses. Sirve para aprobar las cuentas anuales, reparto del resultado, modificaciones de estatutos, ceses y nombramientos de administradores, etc.
¿Por qué pasarse de autónomo a Sociedad Limitada?
Ahora que sabes qué es una S.L. y cuáles son sus características, vamos con la pregunta clave: ¿qué motivos pueden llevar a un autónomo comenzar a pensar en constituir una S.L.? Alguno de los siguientes:
1. Reducción de carga fiscal
Cuando comienzas como autónomo el IRPF que pagas puede variar desde el 9% de los nuevos profesionales, el 15% actual tras el cambio de IRPF de última hora del PP o el 19% habitual. Sin embargo, a medida que aumenten tus ingresos, podrías llegar a tributar hasta por un 52-56%.
Una Sociedad Limitada tributa por el Impuesto de Sociedades y tiene una situación mucho más favorable para ingresos altos. El gravamen general está en un 28% durante 2015 (bajará al 25% en 2016) y para nuevas sociedades puede llegar a reducirse hasta un 15%.
Desde luego, suena mucho mejor tributar por un 15-28% que por un 52-56%.
Se podría decir que estas ventajas se notan a partir de unos 40.000 € anuales de beneficios. Pero también hay que tener en cuenta que si todos los ingresos te los vas a llevar como beneficio personal y no los vas a dejar como patrimonio de la sociedad, la situación será muy parecida.
2. Protección del patrimonio personal
Por muy superhéroe que seas, tienes que proteger lo que tienes. Como autónomo, la protección que tiene tu patrimonio personal es cero. Si no puedes pagar tus gastos, como la cuota de autónomo, la luz de tu local o Internet, los proveedores pueden saldar sus deudas con tus bienes personales (dinero en tu cuenta bancaria, coche, casa, …).
En una S.L. hay un escudo protector de patrimonio personal. La responsabilidad de cada uno de los socios es limitada al capital aportado. Es decir, si para constituir la Sociedad Limitada aportaste 1.000 €, ese será el dinero que arriesgues, ya que la sociedad solo responde con sus propios bienes.
3. Imagen y reputación
Hay que admitir que, por desgracia, la imagen de los autónomos en España de cara a proveedores y grandes empresas no es muy positiva. Los freelances siguen generando desconfianza y, sobre todo de cara a la financiación, no dan las garantías que muchas entidades piden.
Además, en sectores competentes y si se busca trabajar con grandes empresas, hay que ser Sociedad Limitada sí o sí. Las grandes empresas necesitan saber la solvencia, garantía de suministro y otros datos que solo puedes conseguir en una S.L., ya que por ejemplo datos de rating de autónomos no existen.
Por lo tanto, las S.L. tienen una capacidad mayor para negociar con las entidades bancarias y con grandes empresas y suelen dar una imagen de mayor confianza a proveedores y clientes.
4. Socios
Si un autónomo se ve desbordado por el trabajo tiene que contratar o aliarse con otro superautónomo. Si esa relación continua a lo largo del tiempo, es probable que se quiera repartir el trabajo, obligaciones y responsabilidades.
Como autónomo es imposible hacerlo, pero como S.L. se puede constituir la sociedad y repartir el capital, porcentaje y obligaciones de cada uno. Además, en caso de que en un futuro haya problemas, todo estará firmado, pactado y en papel, lo que ahorrará más de un problema por el clásico “yo dije que…“.
¿Cuál es el momento perfecto para constituir una Sociedad Limitada?
Todos y ninguno. Depende de cada situación y de los 4 puntos anteriores. Aun así, de manera general podría decirse que cuando se cumpla alguna de estas condiciones:
- Tus ingresos anuales superan los 40.000 €.
- Quieres proteger tu patrimonio personal ante proveedores.
- Buscas trabajar con grandes empresas o quieres conseguir facilidades de crédito bancario.
- Trabajas habitualmente con otra u otras personas y queréis formar una sociedad juntos.
Esos son los 4 casos más habituales en los que un autónomo se convierte en S.L. Hay otros y en general suele ir de la mano con el crecimiento del negocio, ya que a mayor volumen de ingresos y empleados lo habitual es pasar de autónomo a Sociedad Limitada.