Actualidad

La jubilación del autónomo en 2019


miércoles, enero 30, 2019

Si eres autónomo y te jubilas en este año 2019 podrás hacerlo si tienes 65 años y 8 meses (dos más que en el pasado 2018).

La pensión de jubilación es una prestación del Estado que sirve para compensar la pérdida de ingresos una vez que se llega a la edad legalmente establecida con la que se permite cesar, total o parcialmente, en la actividad económica que se viene desarrollando.

También ha aumentado, en tres meses, el periodo de cotización que se tendrá en cuenta este año para calcular la base de lo que será tu futura pensión por jubilación. Para hacer los cálculos se tendrán en cuenta los últimos 264 meses (22 años) de vida laboral.

Además, para poder ser beneficiario de la pensión de jubilación en toda su extensión, tendrás que haber cotizado durante un periodo mínimo de 36 años y 9 meses.

Condiciones todas ellas que seguirán aumentando de manera paulatina hasta llegar al año 2027 cuando podrás jubilarte solo cuando hayas cumplido los 67 años.

En esa fecha, además, se tendrán en cuenta los últimos 25 años de tu cotización para calcular la base de la prestación que te corresponda.

Pero ¿qué tipos de jubilación están disponibles en la actualidad para el autónomo?

  1. Jubilación contributiva del autónomo

Para poder optar por esta primera opción, la jubilación contributiva, debes estar dado de alta o en situación asimilada al alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), y al corriente de pago, en el momento en que causes baja definitiva.

Para saber cuál es la cuantía de la pensión que te correspondería debes realizar un cálculo entre los años trabajados, la renta que se haya obtenido durante los mismos y la base de cotización elegida, incluyendo a la ecuación determinados factores que influyen en el cómputo total.

  1. Jubilación no contributiva del autónomo

En caso de no cumplir con los requisitos expuestos para ser beneficiario de la jubilación contributiva, podrás ser beneficiario de jubilación no contributiva al llegar la edad legalmente establecida para poder jubilarte.

La mínima para este año queda fijada en 5.488,00€ anuales, o 392€/mes en 14 pagas, que podrá verse modificada atendiendo a tus rentas personales y/o las de tu unidad económica de convivencia (los que habitéis bajo el mismo techo).

  1. Jubilación anticipada del autónomo

Dos años antes a la edad legalmente establecida para jubilarte (65 años y 8 meses) podrás optar, de manera voluntaria, por jubilarte anticipadamente.

Tendrás que haber cotizado un mínimo de 35 años y al menos dos años de esa cotización tienes que haberlo trabajado dentro de los quince anteriores a la solicitud de la jubilación anticipada.

En función de los años cotizados se aplicarán unos u otros coeficientes correctores. Lógicamente cuanto más te alejes de la edad que te corresponde para jubilarte legalmente, mayor será el recorte que experimente tu pensión.

  1. Jubilación activa del autónomo

La jubilación activa permite al autónomo jubilarse y, a la vez, seguir trabajando bien a tiempo parcial, bien a tiempo total y siempre en el sector privado.

Si te decides por este tipo de pensión, solo cobrarás la ayuda al 100% si contratas a alguien. De no hacerlo, percibirás el 50% de lo que te correspondería. Hablamos de una cantidad equivalente a lo que sería la prestación por jubilación contributiva.

Una modalidad que solo es viable si llegas a la edad legalmente establecida y con el 100% de los años cotizados exigidos en cada momento.

  1. Jubilación flexible del autónomo

Y si quieres recibir la pensión y, a la vez, trabajar de manera parcial, entre el 25 y el 50% de la jornada, puedes hacerlo mediante la figura de la jubilación flexible.

Pero ¡ojo!, el rendimiento neto de la actividad desarrollada no puede superar el Salario Mínimo Interprofesional.

En este caso no se está obligado a cotizar por las prestaciones a la Seguridad Social. Y se trata de una pensión compatible con la mera titularidad de un negocio y con el ejercicio de las funciones inherentes a dicha titularidad.

En los últimos dos casos lo mejor es que dejes todo el papeleo en manos de un asesor experto que te ayude a gestionar todo lo que necesitas para hacer las cosas de la manera más rentable.

 

Fuente: Empresa Actual