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Lanzamiento del Programa NEOTEC 2019.

Para PYMEs innovadoras en la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.


jueves, mayo 30, 2019

NEOTEC es un programa del Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) del Ministerio de Ciencia , Innovación y Universidades, para financiar a PYMEs innovadoras en la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Este programa cuenta con una dotación presupuestaria de 25 millones de €.

Plazo de presentación desde el 17 de mayo hasta el 1 de julio de 2019, a las 12.00 horas del mediodía, hora peninsular.

Se puede subvencionar hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por beneficiario y un presupuesto mínimo financiable de 175.000 euros.

El proyectos deberá durar de 1 o 2 años de duración que deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2020, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2020, en el caso de un año de duración, o bien el 31 de diciembre de 2021, si el proyecto tiene una duración de dos años.

Los objetivos específicos y gastos que se financian serán:

  • Nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. La tecnología y la innovación serán factores competitivos que contribuyan a la diferenciación de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de líneas de I+D propias.
  • No existe ninguna restricción en cuanto al sector o a la tecnología a desarrollar. Sin embargo no se adecúan a esta convocatoria los modelos de negocio que se basen principalmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia.
  • Se consideran gastos subvencionables, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo, los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2020 y 2021.

Además, deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. No deberán estar cotizadas.
  2. Deberán estar constituidas como máximo en los tres años anteriores a la fecha de cierre del plazo de presentación de solicitudes de ayuda a la presente convocatoria, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constitución de la empresa.
  3. No deberán haber distribuido beneficios.
  4. No deberán haber surgido de una operación societaria de las contempladas en la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles.
  5. Deberán contar con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.
  6. Deberán tener las cuentas anuales correspondientes a los dos últimos ejercicios, en su caso, depositadas en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente.

-Para mas información marcar el siguiente link CDTI