Cuando pones en marcha una idea de negocio, te puedes encontrar con que tengas que reclamar algún pago de algún cliente moroso; esta tarea se complica si no has emitido una factura que acredite la deuda. En este post te explicamos cómo puedes exigir el pago sin tener la factura. 1
Reglamento de facturación. Obligación de facturar
Normativa fiscal que recoge el carácter obligatorio de la remisión de facturas:
- Artículo 29.2e) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE de 18.12.2003).
- Artículo 164, apartado Uno, número 3º de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (BOE de 29.12.1992).
- Artículo 2.1 del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación aprobado por el artículo primero del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (BOE de 01.12.2012).
Además, la Agencia Tributaria dice:
“Los empresarios y profesionales están obligados a expedir factura y copia de esta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en desarrollo de su actividad y a conservar copia de la misma. También deben expedir factura en los supuestos de pagos anticipados, excepto en las entregas intracomunitarias de bienes exentas”.
Actualmente, sobre todo los servicios de suministros u operaciones continuadas y mercancías de proveedores habituales, se pagan sin haber recibido factura. Este tipo de servicios, generalmente se abonan por domiciliación bancaria, por lo que la empresa que los presta cobra y remite las factura más tarde.
Por lo tanto, hay que hacer factura siempre. Lo indica la ley y, además, es un derecho.
La importancia de la factura
- La factura es el justificante que permite al que la recibe ejercer sus derechos fiscales de deducción del gasto. Un gasto que no esté recogido en una factura no puede deducirse, por más que se disponga del justificante de pago o del apunte bancario.
- La factura es también una garantía para el cliente, que permite realizar reclamaciones y devoluciones de lo adquirido.
- Independientemente del tema fiscal, la factura es el documento mediante el cual, cuando presta un servicio o realizas una venta, ejerces tu derecho al cobro y, por tanto, imprescindible para realizar reclamaciones en caso de impago, incluso por vía judicial.
La factura es imprescindible para reclamar el pago
La factura acredita la realización una venta u operación determinada.
- Si el destinatario es un particular, la factura se expide en el momento de realizarse la operación.
- Si se trata de un empresario o profesional, deberá expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del impuesto correspondiente a la citada operación.
Una vez que expides la factura, debes remitirla al destinatario en el plazo de un mes.
Una vez recibida, el pagador tiene un plazo de diez días para reclamar en el caso de disconformidad. De lo contrario, se da por aceptada y se asume la obligación de pago.
Pero, en realidad esto no siempre es así. Algunas veces llega la fecha y aun no hemos cobrado….
Mejora tu proceso de facturación
Tienes que ser previsor, anticiparte a los problemas y buscar la forma de optimizar el proceso de facturación.
Asegúrate de que los términos de pago que hayas establecido al igual que el periodo de vencimiento, estén claros en la factura.
- Indica claramente en el documento con cuantos días cuenta desde que recibe la factura, para hacer el pago de la misma.
- Añade la fecha exacta de vencimiento. En este caso puedes indicar un recargo por cada día de retraso o inclinarte ofrecer un descuento por pronto pago.
Debes realizar un seguimiento de los clientes que no han pagado las facturas. Puedes implementar un sistema que te permita saber con exactitud quién te debe dinero y desde cuando.
Si no recibes el pago en el tiempo estipulado, ponte en contacto con el cliente para ver qué problema hay.
Elementos para que la factura tenga validez
La firma y el sello no son obligatorios para que una factura tenga validez, pero sí son importantes a la hora de garantizar y demostrar su autenticidad.
La firma otorga a la factura mayor fuerza probatoria para el cliente en caso de litigio, aunque existen otras circunstancias que le dan veracidad, como, por ejemplo, que esté contabilizada en los registros de ambas empresas y que haya sido declarada y liquidados los impuestos correspondientes.
A falta de factura pueden aportarse un albarán firmado como justificante de recepción de mercancía, quedando así probada la deuda. Si se trata de servicios, lo más prudente es contar con la aceptación de un presupuesto.
Fuente: Mas Autónomo